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Viola Lezama la Constitución

Tras ordenar que se oculte información a los medios

Viernes, 01 Marzo 2013

MARÍA ROJAS TOBÓN
EL MUNDO DE TEHUACÁN

La autoridad municipal ha tomado como “letra muerta” los decretos de libertad de expresión existentes en este país, tras el “decreto” del alcalde Eliseo Lezama Prieto por censurar a la prensa para que no se den a conocer las irregularidades que comete su gobierno.
Esta situación no es la única adjudicada, incluso el colectivo Ciudadanos por Municipios Transparentes (Cimtra) le ha reprobado el libre acceso a la información pública desde 2011.
La censura que ordenó Lezama Prieto a todas las áreas del Ayuntamiento quebranta el Artículo Séptimo de la Constitución Política Mexicana, donde se indica que “es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna Ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública”.
La anterior situación resalta las deficiencias en materia de transparencia que ha tenido la actual administración, Juan José Hernández López, representante del colectivo Ciudadanos por Municipios Transparentes (Cimtra) en Puebla y Tlaxcala, explicó que en la evaluación dada a conocer en 2012, las dependencias de Seguridad Pública, Cereso, Obras Públicas y Deportes, obtuvieron resultados reprobatorios, incluso muy por debajo de la media nacional y superando apenas las 15 unidades.
Dicha calificación es producto de las diversas fallas que han presentado las áreas municipales al no dar a conocer sus actividades, pero sobre todo, el ejercicio y aplicacion de los recursos públicos, creando así una desconfianza en la población y dando en términos generales un 16% en transparencia en el municipio, dato que se ha quedado rezagado en comparación con el 71% del municipio de Puebla.
Para muchos sectores, Lezama Prieto y sus funcionarios del primer círculo han violado el Artículo Sexto, Fracción I de la Carta Magna, en donde se establece que toda información en posesión de cualquier autoridad, órgano y organismo federal, estatal o municipal, es pública, y sólo podrá ser reservada temporalmente por intereses públicos en los términos que fijen las leyes, situación que no se ha aplicado.
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